El jurado

Composición del jurado

La composición de un jurado de tesis doctoral debe respetar imperativamente las disposiciones del decreto de 25 de mayo de 2016 (artículos 18 y 19) y las normas de la ED PHF:

  1. El jurado debe incluir de 4 a 8 miembros.
  2. Los ponentes deben ser imperativamente Habilités à Diriger des Recherches o pertenecer a una de las categorías mencionadas en 1° y 2° del artículo 16 del decreto de 25 de mayo de 2016.
    - Tenga en cuenta los títulos y grados de los ponentes extranjeros que pueden participar en el jurado. Los ponentes extranjeros deben presentar siempre un currículum vitae. - Cuando se trate de trabajos en los que participen personas del mundo socioeconómico que no pertenezcan al mundo académico, se podrá nombrar un tercer ponente, reconocido por su competencia en la materia, a propuesta del director de la escuela de doctorado, previo dictamen del director de la tesis.
  3. Los relatores son externos a la ED PHF, la UPHF, el INSA HdF y el ICL y no tienen ninguna participación en el trabajo del doctorando y del equipo director durante la tesis.
  4. Al menos el 50% del jurado está compuesto por Catedráticos de Universidad o equivalentes (de acuerdo con la lista del Ministerio y el artículo 18 de la Orden de 25 de mayo de 2016).
    - Conozca los títulos y grados de los examinadores extranjeros que probablemente participen en el jurado.
  5. Debe garantizarse una representación equilibrada de mujeres y hombres. La noción de equilibrio se basará en la realidad de la distribución por sexos en cada ámbito. Se requiere al menos un miembro de cada sexo para un jurado de entre 4 y 6 miembros y al menos 2 para un jurado de entre 7 y 8 miembros.
  6. Al menos el 50% del jurado está compuesto por miembros ajenos a la ED PHF, UPHF, INSA HdF e ICL.
  7. Un miembro ajeno a la ED PHF, UPHF, INSA HdF e ICL que haya financiado la tesis o publicado con el doctorando será considerado de la misma manera que los directores de tesis.

Notas sobre la composición del jurado

Nota 1 : para ser miembro examinador de un jurado de tesis doctoral es necesario estar en posesión del doctorado. De no ser así, deberá solicitarse la autorización de la comisión de investigación de la UPHF para que la personalidad sea miembro examinador. Si no es posible obtener la condición de examinador, también es posible que la futura personalidad participe como miembro "invitado". Un miembro invitado asiste a la defensa pero no tiene derecho a voto y no firma los documentos relativos a la defensa. No se cuenta como examinador. Para un jurado de hasta 6 miembros, el número de miembros invitados está limitado a 2 y a 3 para un jurado de 7 u 8 miembros.

Nota 2 : es aconsejable asegurarse de la conformidad de la constitución del jurado en el momento de la defensa, es decir, que los miembros que forman parte del jurado sean efectivamente los designados oficialmente antes de la defensa por el director del establecimiento que concede el título para evitar cualquier recurso administrativo que, en última instancia, pondría en peligro la concesión del título.

Precisiones en la composición de los jurados de tesis de cotutela

  • De acuerdo con el artículo 7 de la Orden de 25 de mayo de 2016, los principios que rigen la constitución del jurado deben ser especificados por el acuerdo de cotutela entre una institución francesa y una institución asociada. El principio básico es el respeto de una proporción equilibrada de miembros, procedentes de cada institución, designados conjuntamente por las instituciones contratantes.
  • Debe incluir personalidades ajenas a estas instituciones y el número total no puede ser superior a 8 (de 4 a 8 miembros). Se debe especificar la mitad del jurado designado por la institución francesa.

  •  Los dos ponentes no son necesariamente miembros de la mitad del jurado designada por la institución francesa. Los ponentes son externos a la ED PHF, UPHF, INSA HdF e ICL y a la institución asociada. Los relatores son titulares de un IDH o equivalente, no tienen ninguna participación en el trabajo del doctorando y del equipo director durante el período de la tesis.
  •  A falta de precisión explícita en el acuerdo de cotutela, el DE aplicará el espíritu del decreto de 25 de mayo de 2016 sobre la formación de doctorado en la mitad del jurado designado por la institución francesa. Este "medio jurado" estará compuesto entonces por entre 2 y 4 miembros (al menos un 50% de catedráticos o equivalentes, al menos un 50% de miembros ajenos a la ED PHF, UPHF, INSA HdF e ICL y a la institución asociada y al menos un miembro de cada sexo).
  • NB: es probable que se realicen cambios para el curso 2021-2022.